Código de Ética de Ex Legibus
REVISTA EX LEGIBUS
CÓDIGO DE ÉTICA
1. Objetivos
Establecer un marco de valores, principios y conductas deseables que sirvan como referencia para el proceder de los órganos editoriales, de los autores que publiquen en la revista Ex Legibus y de toda persona involucrada o responsable de esta. El propósito es garantizar la práctica de la labor editorial en todas sus etapas a través de los más altos estándares de calidad, honestidad, rectitud y originalidad.
Asimismo, se busca impedir todas aquellas acciones irregulares que denigren los procesos de edición, dictamen y publicación de los artículos de la revista Ex Legibus del Centro de Investigaciones Judiciales de la Escuela Judicial del Estado de México.
2. Ámbito de aplicación
Lo dispuesto en el presente Código de Ética es de observancia obligatoria para todas las personas responsables de la revista Ex Legibus, para aquellos que participen en el proceso editorial y para los autores que deseen publicar en ella.
3. Glosario
Para efectos de este Código, según corresponda, se entenderá por:
a) Autor: persona creadora de una obra.
b) Consejo Editorial: órgano integrado por especialistas en las ciencias jurídicas. Tiene como propósito definir los lineamientos editoriales, analizar las obras propuestas para publicación, asignar a los dictaminadores idóneos para cada artículo, así como proponer mejoras continuas para el buen desarrollo de la revista.
c) Dictaminador: especialista en el área cuya función consiste en verificar el trabajo presentado para publicación, y emitir una opinión objetiva de aceptación o no respecto a esta, así como las modificaciones que, en su caso, sean necesarias.
d) Editor: persona responsable de dirigir, cuidar y supervisar la calidad académica de los manuscritos presentados para su publicación.
e) Equipo editorial: se conforma por el personal del Centro de Investigaciones Judiciales de la Escuela Judicial del Estado de México, quienes se encargan del cuidado de edición de la obra periódica.
4. Principios
Toda actividad inherente a la revista Ex Legibus deberá someterse a los siguientes principios:
I. Honestidad: realizar la labor correspondiente con probidad y rectitud, respetando los valores de la justicia y la verdad.
II. Confidencialidad: garantizar que los datos proporcionados por el autor sean usados en estricta confidencialidad.
III. Responsabilidad: responder de acuerdo con los deberes y compromisos adquiridos, asumiendo las consecuencias de las decisiones tomadas.
IV. Integridad: actuar de acuerdo con los valores y principios de la publicación. Hacer lo debido con honradez, rectitud y buena fe.
V. Objetividad: regirse con base en criterios objetivos; las decisiones se tomarán según el texto en cuestión, sin considerar a las personas implicadas ni el sentir personal.
VI. Imparcialidad: tomar decisiones con toda neutralidad, eliminando toda tendencia en favor o en contra de una persona o trabajo al llevar a cabo la revisión de este.
5. Responsabilidades de los autores
Los autores que deseen publicar su obra en Ex Legibus deberán apegarse con diligencia a las siguientes responsabilidades:
I. Conocer todo lo referente a la temática de Ex Legibus, la Convocatoria, Política editorial, Instrucciones para los autores y Reglas técnicas.
II. Presentar una obra original.
III. Las notas al pie de página, así como la bibliografía consultada, deberán precisarse con toda honestidad, evitando caer en malas prácticas.
IV. La información consultada para la elaboración del artículo deberá provenir únicamente de fuentes confiables y fidedignas.
V. No postular el documento de manera simultánea en otra entidad editorial.
VI. En caso de que los dictaminadores soliciten correcciones al trabajo, realizarlas en tiempo y forma.
VII. Conocer y aceptar, a través de la firma de la Carta de cesión de derechos y originalidad —que le será enviada una vez que hay sido aceptado su manuscrito—, las condiciones de propiedad intelectual a las que somete su artículo en caso de ser publicado.
VIII. Si el autor descubre algún error en el documento escrito presentado, deberá comunicarlo de manera inmediata al editor para rectificarlo a la brevedad.
IX. En obras realizadas en coautoría, cada uno de los autores deberá firmar la Carta de cesión de derechos y originalidad, así como tener pleno conocimiento de la versión final del trabajo que se publicará.
X. A todas las responsabilidades anteriores se le agregan las contenidas en la Carta de Cesión de derechos y originalidad.
Responsabilidades de los dictaminadores
Los dictaminadores de Ex Legibus se comprometen a lo siguiente:
I. Observar los valores éticos que rigen el presente Código.
II. Conducirse con objetividad e imparcialidad en la labor a su cargo.
III. Respetar los trabajos, evitando modificarlos.
IV. Realizar revisiones de calidad con aportes efectivos cuyo fin sea guiar la pulcritud del trabajo.
V. Retroalimentar respetuosamente a la obra y al autor.
VI. Verificar las notas al pie y fuentes consultadas.
VII. Brindar soporte al autor de manera confiable.
VIII. Apegarse al formato de dictamen para emitir su opinión.
7. Prácticas inaceptables
Son prácticas intolerables para la revista Ex Legibus:
- Plagio.
- Falsificación de información.
- Publicaciones simultáneas.
- Conflicto de intereses.
Con el fin de evitar dichas prácticas en la publicación de los trabajos, se invita a los autores a conocer la Política editorial, las Reglas técnicas y las Instrucciones para los autores.
8. Declaración de no plagio
Es necesario que cada fuente consultada se encuentre debidamente referenciada en el trabajo.
Sin excepción alguna, los manuscritos enviados a Ex Legibus serán sometidos al software Turnitin, el cual analiza y compara su contenido con el de miles de páginas web. Como resultado, se obtiene un informe que arroja un porcentaje de similitud, así como un listado de los sitios web que coinciden con el documento en cuestión.
En caso de detección de plagio, se notificará al autor y el artículo será rechazado para publicación.
Si el autor utiliza un trabajo previo publicado por sí mismo, también deberá referenciarlo debidamente.
Además, los autores deberán firmar la Carta de originalidad y cesión de derechos, que se les enviará una vez que su artículo sea aceptado, en la cual se realiza una declaración de no plagio.
9. Conflicto de intereses
Por conflicto de interés se entiende la colisión entre los intereses personales del autor, dictaminador o toda persona involucrada en el proceso editorial de la revista y sus responsabilidades en relación con sus acciones, las que pudieran llegar a incidir en la objetividad y honradez de las decisiones y actividades a su cargo.
El conflicto de intereses supone la abstención en la toma de decisiones.
Estas situaciones deberán informarse al editor de la revista, quien las someterá a determinación del Consejo Editorial para su resolución.
Asimismo, se solicita a toda persona que participe en Ex Legibus —autor, dictaminador, miembro del Consejo Editorial u otra persona con cargo de responsabilidad— que, en caso de existir conflicto de intereses, este sea manifestado con antelación a fin de tomar las acciones necesarias.