El procedimiento abreviado. ¿Un derecho del acusado o una facultad exclusiva del Ministerio Público?

Autores/as

  • Osvaldo Villegas Cornejo Poder Judicial del Estado de México

Resumen

El procedimiento abreviado es considerado como una forma de terminación anticipada, en la que el acusado ha aceptado ser juzgado con base en los datos de prueba recabados en la investigación. Expuesta la acusación por el agente del Ministerio Público y escuchados los argumentos de las partes, el juez de control resuelve de fondo la controversia planteada, procediendo al dictado de la sentencia definitiva, en la mayoría de los casos de condena; sentencia en la que el órgano jurisdiccional impone las penas mínimas con la reducción solicitada por el agente del Ministerio Público.

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Biografía del autor/a

Osvaldo Villegas Cornejo, Poder Judicial del Estado de México

Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma Metropolitana. Maestro en Derecho Penal por la Universidad Insurgentes, S. C. Actualmente es Juez de Control y Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial de Tenancingo, Estado de México.

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Publicado

2021-06-13 — Actualizado el 2022-08-04

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Cómo citar

Villegas Cornejo, O. (2022). El procedimiento abreviado. ¿Un derecho del acusado o una facultad exclusiva del Ministerio Público?. Poder Judicial Del Estado De México, Escuela Judicial Del Estado De México, (10), 479-489. Recuperado a partir de https://exlegibus.pjedomex.gob.mx/index.php/exlegibus/article/view/139 (Original work published 13 de junio de 2021)

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