Convenio de La Haya de 1980 sobre los aspectos civiles del desplazamiento ilegal de menores frente al Convenio de La Haya de 1996 sobre jurisdicción, ley aplicable, reconocimiento, ejecución y cooperación respecto a la responsabilidad parental y las medid
Palabras clave:
Sustracción, retención, residencia habitual, reconocimiento, ejecuciónResumen
Las relaciones interpersonales trascienden la frontera de un Estado, dando lugar a familias compuestas por personas de nacionalidades y domiciliados diferentes, con asentamientos geográficos diversos. Ello implica, que ante un conflicto familiar no necesariamente conocerá un sistema jurídico único, por el contrario existe convergencia de diferentes sistemas de Estados. Uno de los problemas más sensibles en materia familiar surge cuando uno de los progenitores u otra persona deciden, ante un desacuerdo, sustraer o retener ilícitamente a un niño, niña o adolescente del lugar donde tiene su residencia habitual, y llevarlo a otro Estado; por lo que, es necesario independientemente de las Convenciones que tengan por objeto inmediato la restitución del infante, observar por los Estados, la necesidad de vincular a sus marcos normativos, Convenios Internacionales que permitan aplicar normas de mayor amplitud en competencia, ley aplicable, reconocimiento de ejecución y cooperación, como el Convenio de La Haya de 19 de Octubre de 1996; que contiene elementos de alta precisión de ingeniería jurídica que permitirán a un Estado como México, colocarse en una mejor situación para enfrentar problemáticas de Sustracción y Retención internacional de infantes, que den respuesta eficaz a las familias que enfrentan una situación de gran complejidad y erosión humana.
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